Sentencia N° 1072 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1072, Exp. 12-1126, 17/10/2012
Expediente12-1126
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2012-10-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de interpretación solicitado por la abogada Yrlanda Esteves en representación de Wilmer Alexander Mogado Landaeta. La solicitud se refería al artículo 4 del Decreto de Inamovilidad Laboral N° 4.397, el cual fue considerado por la Sala como carente de fuerza y rango de Ley, lo que impide su interpretación por el Tribunal. La decisión se fundamenta en la normativa constitucional y legal que regula los recursos de interpretación.

Extracto de la motiva

En el caso que nos ocupa, se solicita la interpretación sobre el alcance y contenido del artículo 4 del Decreto Presidencial N° 4.397, de fecha 27 de marzo de 2006, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.410, de fecha 31 de marzo de 2006, cuerpo normativo el cual carece de la fuerza y rango de Ley, por ello no es susceptible de interpretación por este Tribunal Supremo de Justicia, a tenor a lo previsto en el artículo 266.6 Constitucional, antes transcrito. En tal sentido es necesario reiterar en esta ocasión que el recurso de interpretación, sólo puede interponerse para determinar el contenido y alcance de normas jurídicas circunscritas en leyes, por lo que su análisis, evidentemente, escapa de la finalidad del recurso de interpretación contenido en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación intentado la abogada Yrlanda Esteves, en representación judicial del ciudadano Wilmer Alexander Mogado Landaeta. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

interpretacioninamovilidad laboralrecursotribunal supremojusticialegitimidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca