Sentencia N° 1066 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de noviembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1066, Exp. 13-672, 08/11/2013
Expediente13-672
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-11-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandante, SARA ISABEL SEQUERA RODRÍGUEZ, contra una decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo que declaró sin lugar su apelación. La Sala determinó que el recurso era inadmisible, ya que no se vulneraban normas de orden público laboral. Se argumentó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y que se deben cumplir ciertos requisitos para su admisibilidad. La Sala analizó los argumentos presentados por la demandante, quienes alegaron que la representación judicial de la parte demandada no asistió a la audiencia preliminar y que esto configuraba una violación al debido proceso. Sin embargo, el Tribunal concluyó que la sentencia recurrida se encontraba ajustada a derecho y que no se evidenciaba la violación de normas de orden público laboral, por lo que no era necesario continuar con el conocimiento del recurso. Finalmente, la Sala declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto, sin condenatoria en costas, y ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen para los fines correspondientes.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, señalada en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandante, contra la sentencia dictada el 24 de enero de 2013, por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

despidoreenganchesalarioscontrol de legalidadorden público laboral

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