Sentencia N° 1064 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1064, Exp. 06-2148, 24/05/2007
Expediente06-2148
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2007-05-24
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en un juicio por incumplimiento de contrato. Se destacó que el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente se declaró incompetente y remitió el caso al Juzgado Cuarto de Primera Instancia, que también se declaró incompetente. La Sala observó que la regulación de competencia debe ser decidida por el juez que se pronunció sobre la competencia, y no por la Sala de Casación Social.

Extracto de la motiva

El artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, dispone que la solicitud de regulación de competencia se propondrá ante el juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aun en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación. En el presente caso la Sala, observa que el 25 de octubre de 2004, el Tribunal de Protección del Niño y de Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó un auto por el que se declaró incompetente para conocer la causa y declinó la competencia al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual mediante decisión de fecha 28 de julio de 2005 se declaró incompetente al conocer y resolver las cuestiones previas opuestas y contra esta decisión las partes codemandadas solicitaron la regulación de competencia, por lo que el referido Tribunal mediante auto de fecha 10 de julio de 2006, ordenó remitir el expediente en conformidad con el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia que a su vez declinó la competencia en la Sala de Casación Social de este alto Tribunal.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para decidir de la presente solicitud de regulación de competencia, en consecuencia, ordena REMITIR las actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal declarado competente. Particípese de esta decisión al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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