Sentencia N° 1061 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de noviembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1061, Exp. 15-913, 23/11/2015
Expediente15-913
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2015-11-23
DecisiónPERECIDO
Resumen
En el juicio de reivindicación, el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declaró perecida la apelación por falta de fundamentación. Los ciudadanos NANCY CAROLINA MORALES SAYAGO, VÍCTOR MANUEL MORALES SAYAGO y MARÍA EUDOCIA MORALES SAYAGO anunciaron recurso de casación, el cual fue formalizado fuera del lapso establecido, lo que llevó a la Sala de Casación Social a declarar perecido dicho recurso. Además, se ordenó continuar con la tramitación del recurso de casación anunciado por EDIMAR NAYLET ARELLANO DE GONZÁLEZ.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que se declarará perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando no llene los requisitos establecidos. El mismo artículo establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos, dentro del cual el recurrente deberá consignar un escrito razonado que contenga los requisitos de ley. (Subrayado de la Sala) En el caso de autos los ciudadanos NANCY CAROLINA MORALES SAYAGO, VÍCTOR MANUEL MORALES SAYAGO y MARÍA EUDOCIA MORALES SAYAGO, anunciaron su recurso de casación oportunamente y formalizaron el mismo el 16 de septiembre de 2015, siendo que el lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de la distancia para la formalización del recurso de casación venció el 5 de agosto de 2015, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría el 8 de octubre de 2015, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PERECIDO el recurso de casación anunciado por los ciudadanos NANCY CAROLINA MORALES SAYAGO, VÍCTOR MANUEL MORALES SAYAGO y MARÍA EUDOCIA MORALES SAYAGO, contra la sentencia dictada en fecha 29 de junio de 2015 por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; y, SEGUNDO: continúese con la tramitación del recurso de casación anunciado y formalizado por la ciudadana EDIMAR NAYLET ARELLANO DE GONZÁLEZ.
Palabras clave
recurso de casaciónperecimientofundamentaciónprotección de niñosdecisión judicial