Sentencia N° 1060 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1060, Exp. 12-548, 06/08/2014
Expediente12-548
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-08-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Álvaro Iván Borjas Pérez, en relación a la custodia de su hija. Se confirma el fallo del Tribunal Cuarto Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que había declarado sin lugar la demanda. La Sala argumenta que la opinión de los niños debe ser considerada, pero no se puede utilizar como medio de prueba, y que el cambio de residencia de la madre no constituye por sí mismo una infracción a los deberes de crianza.

Extracto de la motiva

El derecho que tienen todos los niños, niñas y adolescentes a opinar, y a ser oídos y oídas en cualquier proceso o instancia donde estén en juego sus garantías e intereses, es un elemento esencial que no puede ser impedido bajo ningún concepto. Tal reconocimiento se encuentra consagrado de manera universal en la Declaración de los Derechos del Niño, en su artículo 12, que a la letra expresa: 1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño. 2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la decisión dictada por el Tribunal Cuarto Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en fecha 2 de abril de 2012. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

custodianiñosopinióninterés superiorprotecciónjurisprudencia

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