Sentencia N° 1053 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de octubre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1053, Exp. 09-567, 05/10/2010
Expediente09-567
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-10-05
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte actora, CARLOS JOSÉ HERNÁNDEZ, contra la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La audiencia pública fijada para el 23 de septiembre de 2010 no contó con la comparecencia de la parte recurrente, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción correspondiente por desistimiento del recurso. En consecuencia, se declaró desistido el recurso de casación y se ordenó remitir el expediente al Juzgado de Primera Instancia correspondiente.
Extracto de la motiva
El prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte actora recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de la primera instancia correspondiente.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1º) declara: 1º) declara DESISTIDO el recurso de Casación propuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.