Sentencia N° 105 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2019
TSJ/SCS, Sent. N° 0105, Exp. 18-214, 10/05/2019
Expediente18-214
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2019-05-10
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación interpuesto por las sociedades Transporte Los Villas, C.A. y Deco Construcciones, C.A. debido a la falta de presentación del instrumento de poder que acredite la representación judicial de los abogados que formalizaron el recurso. Se establece que la representación sin poder no otorga legitimidad para recurrir en casación.
Extracto de la motiva
Conforme a los criterios jurisprudenciales antes transcritos, considera esta Sala que no puede quien ejerza la representación sin poder, atribuirse la cualidad necesaria para recurrir válidamente en casación, por lo que, quien asuma la representación sin poder en juicio, carece de legitimidad para recurrir en casación, sin perjuicio que, se puede acreditar la representación que se ostenta dentro del lapso de sustanciación, en tal sentido, de no ser presentado el respectivo poder que acredite tal condición, debe tenerse como no interpuesto el escrito de formalización. Así, de la revisión exhaustiva realizada por esta Sala de Casación Social, a los autos que conforman el expediente no se logró evidenciar que curse el instrumento poder o que haya sido consignado posteriormente a la formalización al cual hace mención el abogado formalizante del recurso de casación en su escrito. Por tal motivo, se declara perecido el recurso de casación anunciado. Así se resuelve.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por las sociedades mercantiles TRANSPORTE LOS VILLAS C.A; y DECO CONSTRUCCIONES C.A; contra la decisión publicada el 23 de febrero de 2018.