Sentencia N° 1039 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de noviembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 1039, Exp. 14-1560, 12/11/2015
Expediente14-1560
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-11-12
DecisiónHomologa
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un acuerdo transaccional entre el demandante Víctor Manuel Materán y la sociedad DON PAN C.C.C.T., C.A., en el marco de un juicio por cobro de acreencias laborales. Las partes acordaron un pago único de novecientos mil Bolívares como solución al litigio, el cual fue homologado por la Sala, otorgándole autoridad de cosa juzgada. La decisión enfatiza la importancia de la autocomposición procesal y el cumplimiento de los derechos de las partes involucradas.
Extracto de la motiva
En efecto, una vez finalizada la sustanciación de la causa bajo estudio, las partes suscribieron un acuerdo transaccional con el fin de concluir el presente juicio, expuesto por escrito y consignado ante la Secretaría de esta Sala, en fecha 16 de junio de 2015, mediante el cual la parte demandada a través de su apoderado judicial abogado Nelson González, debidamente constituido y facultado expresamente conforme con el instrumento poder, que cursa a los folios 40 al 43 de la única pieza del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, se obliga a pagar al accionante ciudadano Víctor Manuel Materán, representado judicialmente por la abogada Yalixa Margarita González Flores, acreditada conforme a instrumento poder que cursa en autos (vid. ff. 10 al 12 única pieza), la suma de novecientos mil Bolívares con cero céntimos (Bs.: 900.000,00); como pago único de todos los conceptos reclamados por la negada relación laboral. En este orden, las partes reconocen que dicha suma incluye todos los conceptos derivados de la supuesta y negada relación laboral, y los demandados en este juicio, cantidad pagadera en ese acto en único desembolso mediante cheque de gerencia, identificado con el número 27609628, de fecha 15 de junio de 2015, girado contra la entidad financiera Banco Nacional de Crédito por un monto de Bs. 900.000,00, a favor del ciudadano Víctor Manuel Materán. Copia del instrumento el cual se anexa y forma parte integrante del escrito transaccional, y recibe a su entera satisfacción el demandante.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano VÍCTOR MANUEL MATERÁN y la sociedad mercantil DON PAN C.C.C.T., C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y remítase este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de ordenar el archivo del mismo. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen.