Sentencia N° 1039 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1039, Exp. 04-1275, 03/08/2005
Expediente04-1275
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-08-03
DecisiónANULA DE OFICIO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de agosto de 2005, anula de oficio la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Zulia, que había declarado sin lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales interpuesta por Richard Benjamín Torrealba Viloria contra Comercial Maaz, C.A. La Sala fundamenta su decisión en la existencia de litispendencia, ya que el mismo actor había demandado a otra empresa del mismo grupo económico por los mismos conceptos y montos, lo que constituye una violación a normas de orden público.

Extracto de la motiva

En ejercicio de la facultad que confiere el cuarto aparte del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de anular de oficio el fallo recurrido con base en las infracciones de orden público y constitucionales que en ella encontrase, aunque no se las haya denunciado, la Sala pasa a decidir, sobre la base de las siguientes consideraciones: Consta en autos que el 29 de marzo de 2004, la demandada apeló de la decisión proferida el 23 de marzo de 2004 por el a quo y en la fundamentación de su apelación señaló que debía declararse sin lugar la demanda pues existe un expediente en el Juzgado Tercero de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, identificado con el N° 15255, en el cual cursa demanda intentada por el actor contra la sociedad mercantil Distribuidora Viejo Kuty, C.A., por el mismo servicio prestado durante el mismo período, por los mismos conceptos y montos demandados en esta causa. Para demostrar sus dichos consignó copia certificada del expediente mencionado en fecha 29 de marzo de 2004, para su apreciación en la apelación. En el caso concreto, verificó la Sala que la recurrida declaró sin lugar la demanda pero no se pronunció sobre la litispendencia alegada y probada en autos, con lo cual violó normas de orden público contenidas en los artículos 12, 15 y 61 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se anula el fallo recurrido.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1° ANULA DE OFICIO la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 29 de junio de 2004; y, 2° EXTINGUIDA la causa por existir litispendencia con el juicio de cobro de diferencia de prestaciones sociales seguido por el ciudadano Richard Benjamín Torrealba Viloria, contra la sociedad mercantil Distribuidora Viejo Kutty, C.A. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

litispendenciaprestaciones socialescobronulidadtrabajodecisión judicial

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