Sentencia N° 1036 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1036, Exp. 15-970, 24/10/2016
Expediente15-970
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-08-11
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. La decisión de alzada había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, revocando la sentencia anterior y parcialmente con lugar la demanda. La incomparecencia de la parte demandada y sus apoderados a la audiencia pública llevó a la Sala a aplicar la sanción de desistimiento del recurso.
Extracto de la motiva
La Sala observa: En la oportunidad de celebrarse la audiencia pública y contradictoria, en razón del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la decisión del 22 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas; se constituyó esta Sala de Casación Social, dejándose constancia por el Secretario, de la incomparecencia de ambas partes y sus apoderados judiciales, al acto procesal anunciado. Establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, que: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte demandada recurrente y sus apoderados judiciales, no comparecieron a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 22 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, y 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, a los fines legales subsiguientes. Particípese del contenido de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado.