Sentencia N° 1036 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1036, Exp. 13-023, 06/11/2013
Expediente13-023
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-11-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó una transacción entre Manuel Vásquez Dávila y la sociedad Droguería Nena, C.A. en el contexto de un juicio por cobro de indemnizaciones derivadas de un accidente de trabajo. La transacción fue presentada por los abogados de ambas partes y se acordó un pago de setecientos mil bolívares por parte de la demandada, que incluye conceptos de daño moral y daño material, entre otros.
La Sala verificó que la transacción cumplía con los requisitos legales y constitucionales, asegurando la validez del acto jurídico y el respeto al principio de irrenunciabilidad de derechos laborales. Se destacó que el acuerdo busca poner fin al litigio y que las partes actuaron con conocimiento de causa, lo que justifica la homologación de la transacción.
Finalmente, se ordenó al Juzgado de Primera Instancia correspondiente realizar los trámites necesarios para el archivo del expediente, declarando que la decisión tiene efectos de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano MANUEL VÁSQUEZ DÁVILA y la sociedad mercantil DROGUERÍA NENA, C.A., respecto a los hechos litigiosos comprendidos en el procedimiento por cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada. Se ordena al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano MANUEL VÁSQUEZ DÁVILA y la sociedad mercantil DROGUERÍA NENA, C.A., respecto a los hechos litigiosos comprendidos en el procedimiento por cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada. Se ordena al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
Palabras clave
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