Sentencia N° 1035 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 1035, Exp. 18-298, 13/12/2018
Expediente18-298
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-12-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de diciembre de 2018, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI) contra la sentencia del Juzgado Superior Noveno del Trabajo, que había declarado con lugar el recurso de apelación de los demandantes. La Sala consideró que la interpretación de la prima de antigüedad realizada por el tribunal inferior fue correcta y que el CNTI no logró demostrar que la modificación en el pago de dicha prima representara una mejora para los trabajadores.
Extracto de la motiva
Con relación al vicio de errónea interpretación de una norma, esta Sala de Casación Social ha dejado establecido que el mismo se configura cuando el juez, aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionado, no le concede su verdadero alcance general y abstracto, haciendo derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido. En atención al aludido concepto, es indispensable destacar que el vicio alegado solo puede ser atribuido a normas de carácter legal, sub-legal o convencional y no como lo pretende la parte recurrente, a un mero acto emitido por una autoridad, debido a que el mismo, al tratarse de un punto de cuenta no contiene carácter vinculante en el ámbito judicial.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada sociedad civil Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI), contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada el 8 de marzo de 2018; SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.
Palabras clave
prima de antigüedadrecurso de casaciónCNTIderechos laborales