Sentencia N° 1030 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1030, Exp. 09-575, 01/07/2009
Expediente09-575
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. Se determinó que la cuantía de la demanda, presentada el 21 de octubre de 2008, era inferior a la requerida para recurrir en casación, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. No se impusieron costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que el recurso de control de la legalidad podrá proponerse contra aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación. En este sentido, según lo establecido en el artículo 167 eiusdem, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para recurrir en casación la cuantía del interés principal debe exceder las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). En el caso de autos la demanda, fue presentada el 21 de octubre de 2008, y estimada en la cantidad de doscientos diecisiete mil ochocientos sesenta bolívares con trece céntimos (Bs. 217.860,13). Ahora bien, para la fecha de la presentación de la demanda la unidad tributaria tenía un valor de cuarenta y seis bolívares (Bs. 46), por lo que la cuantía para recurrir en casación en ese momento debía exceder de ciento treinta y ocho mil bolívares (Bs. 138.000), cantidad esta inferior a la estimación de la demanda; de allí que la sentencia impugnada es recurrible en casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 1° de abril de 2009, dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.