Sentencia N° 103 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de febrero de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0103, Exp. 07-2173, 06/02/2009
Expediente07-2173
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-02-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por varias sociedades mercantiles contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. El recurso fue declarado inadmisible debido a que el abogado que lo interpuso no contaba con la representación judicial de las sociedades al momento de presentar el recurso, ya que un nuevo poder había sido consignado anteriormente que no incluía su nombre.
Extracto de la motiva
A la luz de la norma anteriormente citada, es de indicar que si en un juicio se presenta uno o unos apoderados distintos al que o a los que habían sido designados de forma previa, para que ejercieran la representación judicial de esa parte que les confiere ese poder -en este caso poder especial-, y no se deja vigente esa representación anterior, se entiende que el nuevo o nuevos abogados son quienes ejercen el patrocinio judicial de su poderdante y, en consecuencia, se encuentra revocado de forma tácita, el instrumento poder que sirvió al anterior o anteriores abogados para atribuirse la representación judicial de la parte que confirió tal carácter.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriores, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto por el abogado Jorge Carlos Rodríguez Bayone, contra el fallo definitivo de fecha 30 de abril de 2007 dictado por el Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de la causa.