Sentencia N° 1029 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de septiembre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1029, Exp. 04-285, 02/09/2004
Expediente04-285
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-09-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de septiembre de 2004, declaró sin lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Superior que había declarado con lugar la demanda de indemnización por accidente de trabajo. La Sala argumentó que la prueba presentada por la parte demandada, una constancia médica, no cumplía con los requisitos de fe pública y eficacia probatoria de un documento administrativo, lo que llevó a desestimar su alegato de incomparecencia a la audiencia preliminar por fuerza mayor.
Extracto de la motiva
La sentencia proferida por el Juzgado Superior, en fecha 01 de marzo del año 2004, en su parte pertinente expresa: “Resulta evidente entonces que en el caso de autos estamos en presencia de un documento administrativo contentivo de una actuación de un funcionario público, que está dotado de una presunción de legitimidad pero no de fe pública y de plena eficacia probatoria, propia del instrumento público. Así se determina. Por otra parte, esta Superioridad observa que, en casos anteriores, se han aportado a esta Alzada constancias médicas emitidas por este mismo centro ambulatorio con cuadros compatibles con crisis hipertensivas similares, sin ninguna otra descripción de la sintomatología presentada por el presunto paciente, lo que produce cierta desconfianza acerca de la veracidad de su contenido, en razón de ello, este Juzgador desecha la documental aportada por el apoderado recurrente conforme a la sana crítica y al razonamiento lógico basado en las reglas de la experiencia, con fundamento en el artículo 121 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, en consecuencia, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por considerar que no fue suficientemente demostrado el motivo de fuerza mayor que impidió al apoderado recurrente acudir a la audiencia preliminar en primera instancia. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada contra el fallo dictado en fecha 01 de marzo del año 2004 por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. Publíquese y regístrese. Remítase directamente este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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