Sentencia N° 1028 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 1028, Exp. 18-424, 13/12/2018
Expediente18-424
PonenteDANILO A.MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-12-13
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, CERVECERÍA REGIONAL, C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a la falta de formalización dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo, considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente, si la sede del Tribunal que dictó la sentencia recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha veintidós (22) de junio de 2018 y venció el quince (15) de julio del mismo año (no despacho), dejándose expresa constancia que el día hábil siguiente correspondió al dieciséis (16) de julio del año que discurre, incluyendo el término de la distancia correspondiente de cuatro (4) días por estar situado el Tribunal Superior en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, siendo que hasta la fecha no ha sido consignado el correspondiente escrito de formalización. Por tal motivo, atendiendo a lo preceptuado en el penúltimo aparte del mencionado artículo 171 de la Ley adjetiva Laboral, se declarará perecido el recurso de casación anunciado.

Dispositiva

Declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada CERVECERÍA REGIONAL, C.A. contra el fallo de fecha 14 de junio de 2018 emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

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