Sentencia N° 1023 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1023, Exp. 08-963, 01/07/2008
Expediente08-963
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-07-01
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de julio de 2008, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Falcón. La Sala fundamentó su decisión en la falta de presentación del escrito de formalización del recurso dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que es de veinte días consecutivos a partir del anuncio del recurso. Se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha diez (10) de abril de 2008, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el cuatro (4) de mayo del mismo año, incluyendo el término de la distancia. En este sentido, se constata de las actas que conforman el expediente, que el escrito de formalización del recurso anunciado por la representación judicial de la parte demandada no fue presentado, en consecuencia, esta Sala declara perecido el recurso de casación interpuesto y así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de fecha 14 de febrero de 2008. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónperecidoLey Orgánica Procesal del Trabajoformalizacióncostastrabajojuzgado superior