Sentencia N° 1019 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de junio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1019, Exp. 05-2054, 15/06/2006
Expediente05-2054
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-06-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 8, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Servicios y Construcciones González, C.A. (SECOGOCA) contra la decisión del Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de Anzoátegui. La Sala determina que la sentencia recurrida cumple con los requisitos para ser impugnada y que la cuantía mínima requerida para acceder a la casación fue superada por las pretensiones de los demandantes.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la cuantía requerida para acceder a la sede casacional debe ser la misma que imperaba para el momento en que se interpuso la demanda. En este caso, se verifica que la demanda fue introducida en fecha 3 de marzo de 1999, siendo que para el momento de su interposición la cuantía mínima requerida para acceder a la sede casacional en los juicios laborales era de tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00). La sentencia recurrida es una decisión definitiva dictada por un Juez Superior laboral, que conoció en alzada de un procedimiento por cobro de prestaciones sociales, de cuyo escrito libelar se constata que las pretensiones contenidas en el mismo, individualmente consideradas, superan la cuantía mínima señalada. Por lo tanto, se concluye que la sentencia impugnada cumple con todos los presupuestos para ser recurrible en casación, y en consecuencia resulta forzoso declarar improcedente el planteamiento esgrimido por el impugnante.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Servicios y Construcciones González, C.A. (SECOGOCA), contra la sentencia proferida en fecha 6 de diciembre de 2000, por el extinto Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Se condena en costas a la parte recurrente, en conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2) PERECIDO el recurso de casación anunciado y no formalizado por la sociedad mercantil Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA); y 3) SE CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

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