Sentencia N° 1018 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1018, Exp. 09-466, 01/07/2009
Expediente09-466
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, tras la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo que había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandante. La Sala consideró que el recurso no cumplía con las exigencias de admisibilidad establecidas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a realizar el siguiente pronunciamiento: La parte recurrente denuncia la violación del principio de igualdad procesal y debido proceso, de conformidad con los artículos 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 12, 15 y 429 de Código de Procedimiento Civil, artículo 49 de la Carta Magna, asimismo denuncia la falta de aplicación del artículo 71 de la Ley Adjetiva Laboral.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley declara, INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de fecha 24 de marzo de 2009. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadprestaciones socialesdebido procesoigualdad procesal

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