Sentencia N° 1016 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de junio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1016, Exp. 04-1104, 13/06/2006
Expediente04-1104
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-06-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de junio de 2006, se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por el ciudadano Cruz Manuel González contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Trabajo, que había declarado extemporáneo el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala consideró que la decisión de alzada infringió el principio de la doble instancia y el derecho a la defensa, al declarar sin lugar la apelación por una supuesta interposición extemporánea.

Extracto de la motiva

La motivación y el dispositivo del fallo del ad-quem objetivamente es contrario al criterio diuturno de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se legitima que la parte demandada ejerza este recurso extraordinario de control de la legalidad, cuyo objetivo general es preservar la integridad de la legislación mediante el acatamiento de la jurisprudencia, y en el caso de la recurrente, la nulidad del fallo injusto. Por último, alega quien recurre que por aplicación de las pautas de juzgamiento establecidas en el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez declarada la nulidad del fallo, debe esta Sala de Casación Social, entrar a decidir el fondo de la controversia sin posibilidad de reenvío, dado que el agravio no se produjo en el iter procesal sino en la sentencia de mérito, por lo que en razón de ello, ratifica la defensa opuesta en la contestación de la demanda la cual tiene virtualidad para desecharla.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 27 de abril del año 2004, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en la ciudad de Cumaná. En consecuencia y de conformidad con el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara la NULIDAD del fallo antes referido y por consiguiente se REPONE la causa al estado de que el Tribunal Superior que resulte competente, dicte nueva sentencia sin incurrir en la infracción que dio lugar a la nulidad del fallo, decidiendo por consiguiente el mérito del asunto.

Palabras clave

control de legalidadapelacióndespidoderecho a la defensadoble instancianulidadjurisprudenciaLey Orgánica Procesal del Trabajo

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