Sentencia N° 1012 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de septiembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1012, Exp. 12-393, 26/09/2012
Expediente12-393
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2012-09-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Inversiones Las Salinas C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Aragua, que declaró inadmisible el recurso. La Sala consideró que la falta de copia certificada del recurso jerárquico no debía ser motivo de inadmisibilidad, ya que el derecho a la tutela judicial efectiva debe prevalecer sobre formalismos. Se revocó la decisión recurrida y se ordenó al juzgado pronunciarse sobre la admisión del recurso, tomando en cuenta lo establecido en el fallo.

Extracto de la motiva

El derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 26 constitucional, comporta primeramente el acceso de toda persona a los órganos de administración de justicia, para hacer valer sus derechos e intereses. En este sentido, en razón del principio pro actione debe entenderse que: las condiciones y requisitos de acceso a la justicia no deben imposibilitar o frustrar injustificadamente el ejercicio de la acción a través de la cual se deduce la pretensión, toda vez que el propio derecho a la tutela judicial efectiva garantiza la posibilidad de ejercicio eficiente de los medios de defensa, así como una interpretación de los mecanismos procesales relativos a la admisibilidad que favorezca el acceso a los ciudadanos a los órganos de justicia. Asimismo, ha sostenido la mencionada Sala Constitucional, que el acceso a la justicia no puede ser obstaculizado por la imposición de formalismos enervantes o acudiendo a interpretaciones de normas adjetivas que impidan obtener una resolución de fondo de la controversia planteada, de modo que las causales de inadmisión de la acción deben ser interpretadas por los jueces en el sentido más favorable a su ejercicio, atendiendo siempre a la ratio de la norma que establece el requisito y a la gravedad del defecto advertido, a fin de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil Inversiones Las Salinas C.A., contra la decisión de fecha 27 de febrero de 2012, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la prenombrada empresa. En consecuencia, se revoca la decisión recurrida y se ordena al Juzgado antes indicado, pronunciarse sobre la admisión del recurso.

Palabras clave

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