Sentencia N° 1009 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1009, Exp. 08-1232, 01/07/2009
Expediente08-1232
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la ciudadana María Huizi, en el contexto de un juicio por daño moral contra la República Bolivariana de Venezuela. La decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte actora. La Sala, tras analizar el caso, determinó que el recurso de casación no cumplió con los requisitos técnicos establecidos, lo que llevó a declarar el recurso como perecido.
Extracto de la motiva
Ciudadanos Magistrados, es incólume su insertación en la dialéctica de este caso de estudio; en ese sentido, fundamento en forma precisa e inexorable las normas descritas supra (sic) infringidas y obviadas en el dispositivo del fallo, emanado del Juzgado Primero Superior; observándose una clara negación con relación a la aplicación del sentido humanístico, solidario y garantista del trabajo como hecho social, y del principio de tutela y protección de los trabajadores; tal axioma se encuentra estatuida (sic) en el Artículo 1 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia también se puede constatar una marcada violación del Artículo 5 de la ley bajo estudio, en virtud de que (…) la Jueza Superior, no instrumentó el contexto normativo para la consecución de la verdad, tanto de los hechos como del derecho controvertidos. Siguiendo la ilación de las transgresiones legales, detectamos una profunda desaplicación y negación de las disposiciones contraídas (sic) en los Artículos (sic) 1, 5, 9, 10 de la LOPT ; y 2, 3, 10, 11, 59 de la LOT y por ende, los Numerales 1,2, 3º (sic) del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; la coincidencia de estos preceptos, estriban (sic) fundamentalmente en la oxigenación o interpretación de la norma a favor o principio pro-operario (sic) (…). Este preludio reinvindicador (sic) y de justicia social no se aplicó en este caso de marras; obviándose también la doctrina con relación a esta materia objeto de controversia, la transacción, Ciudadanos Magistrados, no reúne los requisitos exigidos por nuestro ordenamiento jurídico del trabajo y por ende lo tipificado en el numeral 2º del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual la hace nula, irrita (sic) y consecuencialmente contraria a derecho, en vista de que la transacción es un contrato, es necesario que su constitución por imperio legal, debe estar insertada en los requisitos contemplados en los artículos 1.141, 1.149 y 1157, del Código Civil vigente, en virtud de que se puede constatar en la misma, la ausencia u omisión de estos elementos preponderantes; en ese sentido se infiere, una calificación axiomática la cual contraviene el sentido y razón de lo descrito en el artículo 4 del Código Civil (…)
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la ciudadana María Huizi, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05 de mayo de 2008. No se condena en costas a la recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada a fin de que sea enviado al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución competente. Particípese esta decisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónderecho laboralprincipio de legalidaddebido procesoconstituciónjurisprudenciacódigo civil