Sentencia N° 1008 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1008, Exp. 12-1342, 06/11/2013
Expediente12-1342
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-11-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronuncia sobre un recurso de casación interpuesto por el demandado en un proceso de divorcio. El tribunal confirma la decisión del Tribunal Superior que había declarado sin lugar el recurso de apelación, argumentando que no se evidenció un fraude procesal como alegaba el recurrente. La Sala destaca la obligación de los jueces de pronunciarse sobre la admisión de recursos y la importancia de evitar dilaciones procesales.

Extracto de la motiva

Efectivamente, en virtud del principio de exhaustividad, el juez debe resolver sobre todo lo alegado en la demanda y en la contestación, pero sólo sobre lo alegado. De manera que el vicio de incongruencia se configura cuando existe discrepancia entre el problema judicial debatido, de acuerdo con los términos en que quedó planteada la pretensión y las defensas opuestas, y lo decidido por el tribunal que conoce la causa; así, si resuelve lo no pedido, incurre en el vicio de incongruencia positiva; y si, por el contrario, omite pronunciarse sobre algún punto, incurre en el vicio de incongruencia negativa. Ahora bien, de la revisión detallada del fallo impugnado, esta Sala evidencia que la juzgadora de alzada procedió, en la parte motiva del fallo, a analizar el alegado fraude procesal.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMITE el recurso de casación ejercido por la parte demandada, contra la decisión emanada del Tribunal Superior Segundo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de fecha 14 de agosto de 2012; y SEGUNDO: SIN LUGAR el referido recurso de casación.

Palabras clave

divorciofraude procesalcasaciónprotección de niños

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