Sentencia N° 1008 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1008, Exp. 07-1505, 01/07/2009
Expediente07-1505
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Miguel Antonio Hernández Murillo, quien no compareció a la audiencia pública fijada para el 15 de junio de 2009. En virtud de su inasistencia, la Sala aplicó lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación. La decisión confirma la sentencia del Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra una decisión anterior.

Extracto de la motiva

El prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte demandante recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de la primera instancia correspondiente. Así se decide.

Dispositiva

1º) declara DESISTIDO el recurso de Casación interpuesto por la parte actora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto Superior del Circuito judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, publicada el veintidós (22) de junio del año 2007 y 2°) SE CONFIRMA la sentencia recurrida y 3) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente continúe con los trámites correspondientes.

Palabras clave

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