Sentencia N° 1007 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1007, Exp. 11-1433, 31/07/2014
Expediente11-1433
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-31
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por INGIDO RAMÓN HERRERA ROBLES contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Aragua. La Sala declaró desistido el recurso debido a la no comparecencia de la parte demandante en la audiencia pública fijada para el 22 de julio de 2014, conforme a lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Señala el prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte demandante recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de primera instancia correspondiente.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Casación interpuesto por la parte demandante contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de fecha 13 de octubre de 2011, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y se continúe con los trámites procesales correspondientes.