Sentencia N° 1006 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1006, Exp. 08-1279, 01/07/2009
Expediente08-1279
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, dictó sentencia el 1° de julio de 2009, en el procedimiento por cobro de acreencias laborales seguido por Gabriela Ramírez Hernández contra varias sociedades mercantiles. La Sala declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la codemandada Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, al verificar que la formalización del recurso fue presentada fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. Así pues, observa la Sala que anunciado el recurso de casación de manera oportuna, el escrito de formalización fue presentado en fecha 30 de julio de 2008, siendo el último día para formalizar, como antes se indicó, el 3 de julio de 2008. En este sentido, verificándose la extemporaneidad de la formalización, esta Sala de Casación Social debe declarar perecido el recurso de casación interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la codemandada COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de marzo de 2008. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
recurso de casaciónextemporaneidadcobro de acreencias laboralesdecisión judicialprocedimiento laboral