Sentencia N° 1004 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1004, Exp. 14-353, 30/07/2014
Expediente14-353
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-07-30
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por CORPORACIÓN FBK, C.A. contra una providencia administrativa que ordenaba el pago de una multa. La Sala declaró desistido el recurso de apelación por falta de fundamentación, ya que la parte recurrente no presentó el escrito requerido dentro del lapso establecido por la ley. La decisión se fundamenta en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece la obligación de presentar los fundamentos de la apelación en un plazo determinado.
Extracto de la motiva
La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine, el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación comenzó a correr en fecha en fecha 19 de marzo del año 2014 y venció el 09 de abril del año 2014, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 29 de abril del año 2014, incluyendo el término de la distancia respectivo, que en el siguiente caso es de ocho (8) días, por estar situado el Tribunal Superior en el estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso indicado, esta Sala, en aplicación del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil CORPORACIÓN FBK, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, de fecha 27 de septiembre del año 2013.