Sentencia N° 1001 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 1001, Exp. 17-354, 13/12/2018
Expediente17-354
PonenteDr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2018-12-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, anulando la sentencia del Tribunal Superior Octavo del Trabajo que había confirmado la condena a pagar una suma por concepto de actualización de intereses moratorios y corrección monetaria. La Sala considera que se infringió el orden público constitucional al incluir en el cálculo montos ya pagados y exceder el lapso ordenado para la ejecución.

Extracto de la motiva

La parte demandada recurrente delata la violación por parte del sentenciador de la recurrida del orden público, del debido proceso, del derecho a la defensa y de la jurisprudencia de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, por cuanto el ente empleador fue condenado a un pago total en una sentencia firme, por un monto determinado que se realizó en la fase de ejecución, quedando pendiente los intereses de mora, pero no por el monto ni por los conceptos ratificados por la alzada, sino por el período transcurrido entre el cumplimiento de la ejecución voluntaria y la ejecución forzosa, sobre lo cual no se llegó a ningún acuerdo, desarrollándose una verdadera subversión de los actos procesales. Aduce el recurrente, que después de pagar totalmente una suma condenada, la cual fue determinada mediante experticia complementaria del fallo, fueron incluyendo intereses sobre intereses, bajo el subterfugio de actualización de la experticia original, figura que se conoce como “Anatocismo”. En ese sentido señala el recurrente, que la alzada en fase de ejecución, en el fallo objeto del presente recurso de control de la legalidad, establece montos y cálculos evidentemente excesivos, que duplican la cantidad originalmente establecida y pagada.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada la sociedad mercantil CONSORCIO HELITEC, C.A., contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 10 de marzo de 2017. SEGUNDO: ANULA la decisión impugnada, así como el fallo proferido el 31 de octubre de 2016, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial. TERCERO: SE ORDENA a la demandada sociedad mercantil CONSORCIO HELITEC, C.A. cancelar a la parte actora GUSTAVO ENRIQUE RAUSEO RAMÍREZ, la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 2.922.984,47), lo que equivale actualmente a veintinueve bolívares soberanos con cero céntimos (Bs.S.29,30) por concepto de actualización de intereses moratorios e indexación, mas los honorarios profesionales al experto.

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