Sentencia N° 1001 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de noviembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1001, Exp. 17-545, 13/11/2017
Expediente17-545
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-11-13
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Israel Ronald Loreto Barcos contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Portuguesa. La sentencia original había declarado sin lugar un recurso de invalidación parcial de sentencia y la reconvención de la parte demandada. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a la falta de formalización dentro del plazo establecido por la ley.
Extracto de la motiva
La norma antes transcrita impone la carga procesal de la parte recurrente de consignar un escrito razonado, dentro del lapso de veinte (20) días consecutivos, que comenzará a correr desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se otorgan para efectuar el anuncio, en el caso de ser admitido el recurso de casación, o bien el día hábil siguiente al de la declaratoria con lugar del recurso de hecho. Tal circunstancia obedece a las formalidades propias del recurso de casación, que al constituir un medio de impugnación, debe ser fundamentado por la parte recurrente, a través de un escrito que contenga los argumentos que, a su juicio, justifiquen la nulidad del fallo recurrido, y que en materia de protección de niños, niñas y adolescentes, no podrá exceder de tres folios útiles y sus vueltos, sin más formalidades, a tenor de lo dispuesto en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte accionante, contra la sentencia de fecha 28 de abril de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Se condena en costas a la parte demandante recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.