Sentencia N° 1 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2026
TSJ/SCS, Sent. N° 001, Exp. 25-352, 19/02/2026
Expediente25-352
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2026-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por TAHIRETH YAKIREE MARCANO RODRÍGUEZ, contra la decisión del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que había declarado con lugar la restitución internacional de la niña T.R.M. La Sala consideró que la decisión del ad quem se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público. Se destacó que la residencia habitual de la menor se encontraba en Perú y se verificaron las circunstancias del traslado ilícito.
Extracto de la motiva
En consecuencia, esta Sala observa que la decisión del ad quem se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas por el orden público, al confirmar la sentencia que declaró con lugar la restitución internacional de la niña T.R.M (cuyo nombre se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en el cual ambos jueces verificaron que la residencia habitual de la niña se encuentra en el territorio Peruano, quedando verificadas las circunstancias del traslado ilícito, así como el análisis a la excepción establecida en el artículo 13 literal “b” de la Convención de la Haya Sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, observa la Sala que la sentencia recurrida y del resto de las actas procesales que el ad quem no incurrió en violación de las normas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana TAHIRETH YAKIREE MARCANO RODRÍGUEZ, contra la sentencia dictada el 30 de mayo de 2025, por Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo.
Palabras clave
restitución internacionalcustodia compartidaconvención de la hayaniñosderechos humanosprotección infantil