Sentencia N° 99 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de marzo de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 099, Exp. C23-26, 24/03/2023
ExpedienteC23-26
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-03-24
DecisiónSe desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la abogada Francis Hernández, en representación de Darwin Valero Barrios, contra la decisión de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala concluye que el recurso no cumple con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal, ya que se centra en vicios de la sentencia de primera instancia en lugar de los de la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
motivada, y tuvo por tanto una influencia importante en el fallo pronunciado, ya que no se hubiera confirmado la decisión del Tribunal de Instancia, sino que se hubiera anulado la misma conforme a lo previsto en los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal. En efecto la decisión del aquo objeto fundamental dentro de nuestro ordenamiento jurídico estatuido en el ordinal 3 del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, afectando a IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 13 de 31 su vez el artículo 26 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela artículo 26, el cual hace mención a la tutela Judicial Efectiva y 49 como Garantía Constitucional en respeto y resguardo del debido Proceso, incurre en una falta manifiesta en su motivación, en virtud de que la Corte de Apelaciones no apreció que la juzgadora no determina en una forma precisa y circunstanciada los hechos que el Tribunal estima acreditado, siendo esto, establecido apreciación que se hace a través del análisis y comparación entre cada una de las pruebas que fueron presenciadas durante el debate probatorio del juicio oral y público, DESCONOCIENDO LA DEFENSA, COMO LLEGA A CONDENAR A MI DEFENDIDO ÚNICAMENTE CON EL TESTIMONIO DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES, solo de los funcionarios promovidos por el Ministerio Público, valorado su testimonio, inobservando las diversas decisiones de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que considera que con sus solas versiones de los funcionarios policiales no es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia de los justiciables, salvo la existencia de otros testigos presenciales que corroboren sus dichos, para que se pueda dar por acreditado el hecho imputado y posible responsabilidad de los acusados. El Tribunal solo valoro la declaración de los funcionarios específicamente la declaración de los ciudadanos Abrahán Duque, Elicar Escorche, Bermúdez Barceló, Walker Brito. la experta Ana Esteves, ad
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación ejercido en fecha 12 de diciembre de 2022, por la abogada FRANCIS HERNÁNDEZ, Defensora Pública Nonagésima Sexta (96°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora del ciudadano DARWIN VALERO BARRIOS, titular de la cédula de identidad número V-19.549.889, en contra de la sentencia dictada en fecha 18 de octubre de 2022, por la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
motivaciónpresunción de inocenciadebido procesotestimoniosCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalderechos fundamentales