Sentencia N° 99 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de abril de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 099, Exp. C11-387, 12/04/2012
ExpedienteC11-387
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-04-12
DecisiónAdmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Cuarta en lo Penal Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en representación de los ciudadanos Jackson José Fajardo Mujica y Janderson José Fajardo Mujica. El recurso fue presentado contra la decisión de la Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa en relación a una sentencia condenatoria dictada en 2009.
La Sala declaró admisible la denuncia presentada por la defensa, que alegaba la falta de motivación y contradicción en el fallo de la Corte de Apelaciones. Se argumentó que la decisión recurrida no expuso de manera clara y precisa los fundamentos de hecho y de derecho, lo que constituyó un vicio de orden público que afectó el derecho a la defensa de los acusados. La Sala convocó a una audiencia pública para continuar con el proceso.
La decisión resalta la importancia de la motivación en las sentencias y el derecho a una tutela judicial efectiva, enfatizando que las Cortes de Apelaciones deben cumplir con los requisitos de motivación establecidos en la ley.
Extracto de la motiva
La recurrida no expuso de manera concisa las razones por las cuales declaraba con lugar o no la denuncia, vale decir, no entró a valorar las contradicciones en que incurrieron los funcionarios policiales actuantes, el único testigo del procedimiento y la víctima (circunstancia ésta en que basó la Defensa su Recurso de Apelación de Sentencia), lo que conlleva dicha omisión, a violar flagrantemente el derecho a la defensa, toda vez que, impidió obtener un efectiva tutela judicial de los derechos de los acusados; en este sentido, la Corte de Apelaciones no llegó a satisfacer las pretensiones de la defensa, no permitiéndosele a los acusados conocer bajo qué fundamentos fue confirmada la sentencia condenatoria…
Dispositiva
La Sala declara ADMISIBLE esta denuncia y CONVOCA a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.
Palabras clave
inmotivaciónderecho a la defensasentenciaapelacióntutela judicial