Sentencia N° 99 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de marzo de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 99, Exp. C07-0094, 27/03/2007
ExpedienteC07-0094
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-03-27
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Javier Arellano Méndez, quien no tiene cualidad para ejercer dicho recurso, ya que la víctima en el delito de intervención de zona protectora es el Estado. La Sala argumenta que el delito tipificado en el artículo 110 de la Ley Forestal de Suelos y Aguas no supera el límite de pena establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, lo que impide la censura de casación. La decisión se fundamenta en la falta de legitimación del recurrente para impugnar la sentencia de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

En virtud de lo antes expuesto, la Sala considera que el ciudadano Javier Arellano Méndez, no tiene cualidad para ejercer el presente recurso de casación, por cuanto la víctima en el delito de Intervención de Zona Protectora, tipificado en el artículo 110 de la Ley Forestal de Suelos y Aguas, siempre será el Estado, correspondiéndole a sus representantes (según sea el caso) ejercer el recurso correspondiente. En otro orden de ideas, el artículo 110 de la referida Ley, establece: '…Quien efectúe en zonas declaradas protectoras, actividades de las prohibidas por el artículo 19 de esta Ley, será sancionado con arresto de 2 a 12 meses…', de lo que se evidencia, que tal delito no tiene asignada una pena, cuyo límite máximo exceda de cuatro (4) años, por ello la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, no está sujeta a la censura de casación, ya que el delito establecido en el artículo 110 de la Ley Forestal de Suelos y Aguas, no supera el límite señalado en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Javier Arellano Méndez. Así se declara.

Palabras clave

recurso de casaciónintervención de zona protectoraLey Forestal de Suelos y AguasCódigo Orgánico Procesal PenallegitimaciónEstado venezolanodelito ambiental

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