Sentencia N° 97 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de marzo de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 097, Exp. C24-52, 14/03/2024
ExpedienteC24-52
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-03-14
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Daniel Buvat De Virgini De La Rosa, defensor privado de KARL ALEXANDER DÍAZ APARICIO, quien fue condenado a once años de prisión por delitos de estafa continuada, usurpación de funciones y porte ilícito de arma de fuego. La decisión de la Sala Diez de la Corte de Apelaciones, que declaró sin lugar el recurso de apelación, fue confirmada por el TSJ, al considerar que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

Honorables Magistrados, persuadida este defensa técnica de la interpretación que la Sala Constitucional ha venido prodigando al artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, particularmente la contenida en la sentencia número 1821, de fecha 1º de diciembre de 2011, en la cual estableció: (…) De este modo, tenemos que la recurrida en cumplimiento a su deber de congruencia y exhaustividad del fallo, debió considerar bajo motivación propia los aspectos expuestos por la entonces defensa técnica de mi patrocinado, que aludía, respecto a contradecir y contraprobar la supuesta comisión del delito de Porte Ilícito de arma de fuego, a la acreditación en las actas procesales de la AUTORIZACIÓN Y ASIGNACIÓN del arma decomisada, por parte de la autoridad administrativa de la Alcaldía del Municipio Tovar del Estado Aragua, correspondiente a la Colonia Tovar, en cuyo caso al faltar a realizar un análisis propio con motivación apropiada, vició inexorablemente su fallo por violación a la ley, concretamente al deber que le imponen a la alzada o segundo grado de jurisdicción, los artículos 13, 107, 157 encabezado, y 442 último aparte, todos del Código Orgánico Procesal Penal. De allí que entonces podemos apreciar de la recurrida la protuberante manifestación de inmotivación cuando a la sazón, luego de transcribir el fallo sometido a su conocimiento y sin apoyar en razones y motivación propia, señala la recurrida al folio 107 que: “la sentencia dictada por el juzgado décimo segundo de primera instancia en funciones de juicio de este circuito judicial penal cumple con todo los requisitos exigidos en el artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal",

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por el abogado Daniel Buvat De Virgini De La Rosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 34.421, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano KARL ALEXANDER DÍAZ APARICIO, contra la decisión dictada por la Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la defensa del acusado, contra el fallo publicado el 8 de junio de 2023, por el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que lo CONDENÓ a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN.

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