Sentencia N° 96 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de marzo de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 096, Exp. E14-460, 13/03/2015
ExpedienteE14-460
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-03-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Daniel Villegas Santos, quien fue aprehendido en virtud de una orden de aprehensión dictada por el Tribunal Vigésimo Segundo en Funciones de Control. Tras analizar las pruebas y la notificación roja internacional, se determinó que el requerido no es la persona buscada por el Reino de los Países Bajos, ya que las impresiones dactilares y el registro fotográfico no coincidían con los datos suministrados para la expedición del pasaporte a su nombre.
En consecuencia, la Sala decidió ordenar el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada contra Villegas Santos y decretar su inmediata libertad. Además, se instó a la Fiscalía General de la República a iniciar una investigación penal debido a las irregularidades en el trámite y expedición del pasaporte del ciudadano.
La decisión fue firmada por el Magistrado Presidente, quien actuó en nombre de la República y por autoridad de la ley, dejando constancia de la resolución adoptada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
La Sala ha verificado mediante las diligencias realizadas en el presente expediente, que el referido ciudadano no es la persona requerida por el Reino de los Países Bajos mediante la alerta roja internacional, ya que de acuerdo a la comunicación enviada por INTERPOL LA HAYA, al ser comparadas las fotos e impresiones dactilares de la persona detenida en nuestro país, con las del sujeto buscado por sus autoridades, se pudo establecer que ambas personas no son idénticas y no es la persona buscada por el referido país, verificándose que la foto usada en la notificación roja es del documento de identidad (pasaporte).
En tal sentido, se constató que el ciudadano detenido efectivamente es CARLOS DANIEL VILLEGAS SANTOS titular de la cédula de identidad V-13.377.101 de acuerdo al dictamen pericial lofoscópico, sin embargo sus impresiones dactilares y registro fotográfico no coinciden con los datos suministrados para la expedición del pasaporte a su nombre, el cual fue anulado y fueron los que sirvieron de fundamento al Reino de los Países Bajos a fin de emitir la alerta roja internacional.
Dispositiva
PRIMERO: ORDENA el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada contra el ciudadano CARLOS DANIEL VILLEGAS SANTOS titular de la cédula de identidad V-13.377.101 y en consecuencia DECRETA su inmediata libertad.
SEGUNDO: INSTA a la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela al inicio de la investigación penal, en virtud de la irregularidades suscitas en el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, en el trámite y expedición del pasaporte a nombre del ciudadano CARLOS DANIEL VILLEGAS SANTOS.
TERCERO: ORDENA al Tribunal Vigésimo Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ejecutar la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano CARLOS DANIEL VILLEGAS SANTOS titular de la cédula de identidad V-13.377.101; a tal efecto remítase copia certificada de la presente decisión al referido juzgado.
Palabras clave
extradiciónCarlos Daniel Villegas Santosnotificación rojalibertad