Sentencia N° 95 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de marzo de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 095, Exp. E14-402, 13/03/2015
ExpedienteE14-402
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-03-13
DecisiónDesistida
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia resolvió desistir la solicitud de extradición pasiva de GLORIA ESTHER CHÁVEZ CEBALLOS, quien fue requerida por el Reino de los Países Bajos. Se constató que la ciudadana había cumplido su condena en Aruba y no tenía solicitudes pendientes. Además, se determinó que no se encontraba en situación irregular en Venezuela, por lo que se ordenó el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad y su inmediata libertad.
Extracto de la motiva
La ciudadana GLORIA ESTHER CHÁVEZ CEBALLOS fue aprehendida el diecinueve (19) de septiembre de 2014, en virtud de la orden de aprehensión con fines de extradición dictada en fecha treinta (30) de noviembre de 2009. Se evidenció que la ciudadana había sido deportada a Aruba en agosto de 2010 y que no había ingresado nuevamente a Venezuela. La Sala estableció que la solicitud de extradición pasiva era improcedente, dado que la requerida no se encontraba en el territorio nacional. Por lo tanto, se decidió declarar desistida la solicitud de extradición y ordenar su libertad.
Dispositiva
PRIMERO: Declara DESISTIDA la solicitud de EXTRADICIÓN PASIVA de la ciudadana GLORIA ESTHER CHÁVEZ CEBALLOS, de nacionalidad colombiana, identificada con la cédula de identidad nro. E-82.254.056, presentada por el Gobierno del Reino de los Países Bajos (Aruba). SEGUNDO: ORDENA el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada contra la ciudadana GLORIA ESTHER CHÁVEZ CEBALLOS y en consecuencia DECRETA su inmediata libertad. TERCERO: ORDENA al Tribunal Cuadragésimo Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ejecutar la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de la ciudadana GLORIA ESTHER CHÁVEZ CEBALLOS.