Sentencia N° 94 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de abril de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 094, Exp. A18-38, 03/04/2018
ExpedienteA18-38
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-04-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Luis Omar Castellanos en representación de Víctor Alfonso Ferreira Díaz. La decisión se fundamenta en que no se cumplieron los requisitos exigidos por la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación a las irregularidades alegadas que debieron ser reclamadas oportunamente en instancia. La Sala concluyó que el avocamiento no puede ser utilizado como un medio para impugnar decisiones adversas sin haber agotado los recursos ordinarios correspondientes.
Extracto de la motiva
Motivación del Recurso interpuesto”, expuso “LOS HECHOS” siguientes: “El 19 de abril pasado a las 10 de la mañana se presentó en la casa de mi representado una comisión de la Policía del Estado Carabobo adscrita al Comando del Municipio Montalbán del Estado Carabobo y fueron recibidos por la señora DILIA ROSA DÍAZ, titular de la cédula de identidad № 9.827.538, madre de mi representado y le preguntaron que si allí vivía el portu (así le dicen a mi representado por ser hijo de padre portugués) y Rodolfo, ella le dijo Víctor si y Rodolfo no, le dijo el policía ábrame la puerta y le abrió porque son funcionarios y le dijo a su hijo que lo buscaba la policía y él le preguntó que para qué lo buscaban y salió del baño, no identificándose los funcionarios ni comunicando el motivo de su visita; y una vez en el interior de la casa, procedieron a detener a mi patrocinado que venía saliendo del baño y crearon la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 15 conmoción familiar con su violencia, lo esposaron y lo trasladaron al Comando
Dispositiva
Por todas las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado LUIS OMAR CASTELLANOS, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Víctor Alfonso Ferreira Díaz, por no cumplir con los requisitos concurrentes exigidos en los artículos 107 y 108, ambos de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.