Sentencia N° 93 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de marzo de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 093, Exp. C04-0042, 30/03/2004
ExpedienteC04-0042
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-03-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jorge Eliecer Cabeza Rodríguez, condenado a diez años de prisión por robo agravado. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, argumentando que los juzgadores no fundamentaron adecuadamente su decisión y que la sentencia carecía de certeza. La Sala, tras revisar el caso, desestimó el recurso por considerarlo manifiestamente infundado, afirmando que la sentencia impugnada cumplía con los requisitos de justicia y aplicación del derecho.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa: En la presente denuncia inicialmente se señala a la recurrida, la infracción de los artículos 173 del Código Orgánico Procesal Penal, indicando que la sentencia de la Corte de Apelaciones incurre en el vicio de falta manifiesta de motivación, “ ya que los juzgadores se limitaron a transcribir un estrato de la sentencia recurrida, sin argumentar en forma lógica, concatenada, concurrente, explícita, motivada, fundamentada y soportada, los motivos por los cuales consideraron que la ausencia de certeza real que denota el Juez de Primera Instancia, recurrido en su sentencia, así como la ausencia de comparación entre los diferentes elementos de prueba, la inexistencia de concatenación de las declaraciones constituye una sentencia motivada, lo cual implica la declaratoria sin lugar de la apelación de la defensa”. Posteriormente señala, que tanto la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio, como por el Tribunal de Control y la Corte de Apelaciones, tienen “inexistencia efectiva de fundamentación tanto de hecho como de derecho, se necesita que la misma sea breve, precisa, sucinta, pero cierta y sin emitir pronunciamiento alguno de duda, incertidumbre, vacilación, titubeo, indecisión”; a posteriori dice que la sentencia de juicio no tiene fijación sucinta o concisa de fundamentos y que es tan insegura que hasta un escabino que salvó su voto, a posteriori atribuye igualmente tal vicio al Juez de Primera Instancia en Funciones de Control. El recurso planteado en los términos indicados, no es preciso, pues la formalizante en el mismo atribuye vicios a las decisiones dictadas por los Tribunales de Control, de Juicio y de la Corte de Apelaciones; efectuó la recurrente planteamientos poco claros, relacionados con la supuesta falta de motivación en que incurrió la Corte de Apelaciones, indicando que de haber ésta realizado tal labor, habría llegado a la misma conclusión que el escabino que salvó su voto y hubiese dictado una sentencia absolutoria. Y por cuanto la denuncia realizada en los términos señalados no es clara, la Sala la desestima declarándola manifiestamente infundada, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

recurso de casacionfalta de motivacionrobo agravadosentenciajusticiaderecho penalCorte de Apelacionesjuez de primera instancia

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