Sentencia N° 92 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de abril de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 092, Exp. A18-67, 03/04/2018
ExpedienteA18-67
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-04-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Magistrada ELSA JANETH GÓMEZ MORENO, en su ponencia, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por ANA MIGUELINA MUENTES DE SANTANA, quien actúa como víctima en un proceso penal contra EDUARDO JOSÉ CISNEROS BARRETO. La Sala de Casación Penal argumenta que no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación a la existencia de graves desórdenes procesales o violaciones al ordenamiento jurídico que justifiquen el avocamiento. Además, se señala que la solicitante no agotó los recursos ordinarios disponibles para reclamar las irregularidades alegadas.
Extracto de la motiva
motivaron mi solicitud de AVOCAMIENTO. Bajo el principio Onus Probandi Incumbit Ei Qui Dicit, -la carga de la prueba incumbe al que afirma- consigne (sic) escrito ratificando mi solicitud de evacuar las testimoniales, que fueron silenciadas, y los elementos de convicción en las pruebas evacuadas; sin embargo, me informa que imputaría por los delitos menos graves. El 22.06.2016 cumple su advertencia, evadiendo el artículo 287 del Código Orgánico Procesal Penal, sin evacuar las pruebas testimoniales solicitadas, ocultando las pruebas, cuya penas superan los ocho (8) años; presenta una solicitud al Tribunal 49 de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, (incompetente por la jurisdicción) fije la Audiencia de Imputación conforme al artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos Uso de Documento Falso, Falsa Atestación ante Funcionario Público, Apropiación Indebida. Ante este hecho en defensa de mis derechos como víctima, ratifique (sic) y consigne (sic) nuevamente mi Acusación Particular Propia. El Tribunal 49 en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, el 08 agosto 2016 declina la competencia en el Circuito [Judicial] Penal de Miranda, remitiendo la causa, en vez de hacerlo al Juez natural, el Tribunal Cuarto Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito [Judicial] Penal del Estado Miranda, incurre en un error al pasarlo al Juzgado Tercero de la misma instancia; este último fija la audiencia de imputación, para el 02.03.2017 se realiza, la Fiscalía Sexagésima Nacional con Competencia Plena, imputa los delitos de Uso de Documento Falso, Falsa Atestación ante Funcionario Público, y Usurpación artículo 471; siendo admitida y fija lapso para presentar la acusación, anexo marcado ‘LL’ copia simple de la imputación, declinatoria, nueva imputación, acto de imputación, constante de cuatro ( 4 ) folios útiles. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 10 de 28 La
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento interpuesta por la abogada ANA MIGUELINA MUENTES DE SANTANA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 73.752, y titular de la cédula de identidad Nro. 6.898.915, en su condición de víctima, con motivo de la causa penal seguida contra el ciudadano Eduardo José Cisneros Barreto, signada con el alfanumérico 4C-16862-15, ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en los Teques, por no encontrarse llenos los extremos del artículo 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.