Sentencia N° 92 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de marzo de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 092, Exp. C11-15, 10/03/2011
ExpedienteC11-15
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-03-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el abogado Pedro Celestino Cruz, en representación de Esmelin Alberto Da Silva Barreto, contra la decisión de la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Estado Trujillo, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La decisión de la Corte de Apelaciones confirmaba el sobreseimiento por prescripción de la causa seguida contra Víctor Hugo Vielma Franco por el delito de fraude. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso y consideró que el motivo de casación planteado cumplía con los requisitos establecidos en la ley. Se argumentó que la decisión recurrida infringió el artículo 110 del Código Penal en relación con la prescripción judicial, dado que se alegó que hubo causas de diferimiento imputables al imputado que impidieron la prescripción. Finalmente, la Sala convocó a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta días, para continuar con el procedimiento correspondiente.

Extracto de la motiva

Considera la Sala, que la anterior denuncia cumple con los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que fue interpuesta en tiempo hábil, por la parte con legitimidad para ejercer el recurso de casación, pues el impugnante menciona el motivo de procedencia de la denuncia, la norma que considera infringida y los fundamentos que sustentan su pretensión, aunado a que el fallo impugnado es recurrible en casación. En consecuencia, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de casación interpuesto por la Defensa del acusado contra la sentencia dictada por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha 10 de noviembre de 2010, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta contra la sentencia de primera instancia del juzgado de Control que declaró el sobreseimiento por prescripción de la causa seguida al ciudadano, VÍCTOR HUGO VIELMA FRANCO, portador de la cédula de identidad Nº 17.094.481, por la comisión del delito de FRAUDE previsto y sancionado en el articulo 465 numeral 3º en concordancia con el articulo 464 en su encabezamiento del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos ESMELIN ALBERTO DA SILVA.

Dispositiva

ADMITE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado PEDRO CELESTINO CRUZ, actuando como representante legal del ciudadano ESMELIN ALBERTO DA SILVA BARRETO (Víctima) y CONVOCA a una audiencia pública, la cual ha de celebrarse en un lapso no menor de quince días ni mayor de treinta días.

Palabras clave

casaciónfraudeprescripciónadmisibilidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca