Sentencia N° 92 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de marzo de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 092, Exp. C02-0457, 12/03/2003
ExpedienteC02-0457
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-03-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por los defensores de Antonio de Jesús Duarte Fernández, anulando el fallo de la Corte de Apelaciones del Estado Apure por inmotivación. Se ordena remitir el expediente para que se dicte nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que motivaron la nulidad del fallo anterior. La decisión se fundamenta en la falta de análisis y comparación de pruebas por parte de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal ha decidido con reiteración que los sentenciadores no pueden limitarse a expresar, a su capricho, que un hecho aparece probado o no con determinados elementos probatorios, sino que deben analizarlos todos, para que así la decisión contenga los elementos de hecho y de Derecho en que se apoya. En virtud de las consideraciones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los abogados HÉCTOR PÉREZ MORA y FREDDY ARAY LÁREZ, Defensores del ciudadano ANTONIO DE JESÚS DUARTE FERNÁNDEZ. En consecuencia anula por completo el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y ordena remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que a su vez lo envíe (previa distribución) a una de las Cortes de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de esta Circunscripción Judicial, actuando como Sala Accidental de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio, para que dicte nueva sentencia con prescindencia de los vicios que motivan la nulidad del presente fallo.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los abogados HÉCTOR PÉREZ MORA y FREDDY ARAY LÁREZ, Defensores del ciudadano ANTONIO DE JESÚS DUARTE FERNÁNDEZ. En consecuencia anula por completo el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y ordena remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que a su vez lo envíe (previa distribución) a una de las Cortes de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de esta Circunscripción Judicial, actuando como Sala Accidental de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio, para que dicte nueva sentencia con prescindencia de los vicios que motivan la nulidad del presente fallo.

Palabras clave

homicidiolesiones personalescasación penalinmotivaciónpruebasderecho penalsentenciajusticia

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