Sentencia N° 91 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de octubre de 2020
TSJ/SCP, Sent. N° 091, Exp. E19-63, 21/10/2020
ExpedienteE19-63
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2020-10-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia núm. 81, en la que se ordena la detención del ciudadano Wilfrido De Jesús Torres Gómez, requerido por la República de Colombia por delitos de organización criminal y concierto para delinquir. La decisión se basa en la competencia de la Sala para conocer solicitudes de extradición, conforme a la legislación venezolana y tratados internacionales. Se establece que el ciudadano permanecerá detenido mientras se continúe el proceso penal en su contra por los delitos imputados.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículo 6 del Código Penal; en los artículos 382 y 390 del Código Orgánico Procesal Penal y el Acuerdo sobre Extradición, suscrito por la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia, el cual fue firmado en Caracas el 18 de julio de 1911, aprobado por el Poder Legislativo Nacional el 18 de junio de 1912 y ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional el 19 de diciembre de 1914; y su canje de notas para la interpretación del artículo 9° de fecha 6 de septiembre de 1928, pasa a decidir sobre la procedencia o no de la solicitud de Extradición Pasiva del ciudadano WILFRIDO DE JESÚS TORRES GÓMEZ, con fundamento en las siguientes consideraciones: En el presente caso se observa, que el ciudadano Wilfrido De Jesús Torres Gómez, identificado en el expediente con la cédula de ciudadanía colombiana núm. 71947991, se encuentra privado de libertad por encontrarse requerido según
Dispositiva
Se ORDENA que el ciudadano WILFRIDO DE JESÚS TORRES GÓMEZ, registrado en dicho expediente con la cédula de ciudadanía colombiana núm. 71947991, quede en calidad de detenido; ante el Tribunal Especial Segundo de Primera Instancia en funciones de Control con Competencia en Casos Vinculados con Delito Asociados al Terrorismo con Jurisdicción Nacional y Competencia para Conocer y Decidir en Delitos Asociados a Corrupción y Delincuencia Organizada del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que dicho órgano jurisdiccional continúe con el trámite de la causa signada con el alfanumérico 2°CT-S-009-19 en contra de este, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS previsto en el artículo 149 de Ley Orgánica de Drogas; EXTORSIÓN, previsto en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y Extorsión; TERRORISMO y ASOCIACIÓN, previstos en los artículos 52 y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, cometido en territorio venezolano.