Sentencia N° 91 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de marzo de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 91, Exp. C06-0442, 19/03/2007
ExpedienteC06-0442
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-03-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia A-009, declara con lugar la segunda denuncia del recurso de casación interpuesto por las abogadas representantes de María Antonieta Cámpoli Prisco. La Corte de Apelaciones había confirmado el sobreseimiento de la causa por la supuesta comisión del delito de estafa en perjuicio de la empresa Inversiones Semeze C.A., argumentando que no existían elementos que configuraran el delito. Sin embargo, la Sala considera que se incurrió en una indebida aplicación del artículo 481 del Código Penal, que prohíbe promover diligencias contra el cónyuge no separado legalmente, ya que para la fecha de consumación del delito, los acusados ya estaban divorciados.
Extracto de la motiva
La Sala Penal, para decidir, observa: En el presente caso, las accionantes denunciaron que la Corte de Apelaciones incurrió en la indebida aplicación del artículo 481 del Código Penal. El señalado artículo 481 de la ley sustantiva penal dispone lo siguiente: 'En lo que concierne a los hechos previstos en los Capítulos I, III, IV y V del presente Título, y en los artículos 473, en su parte primera, 475 y 478, no se promoverá ninguna diligencia en contra del que haya cometido el delito: 1. En perjuicio del cónyuge no separado legalmente…'. La Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido y confirmó la decisión dictada por el Juzgado Quincuagésimo de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito, el 17 de abril de 2006 que declaró con lugar la excepción opuesta por la Defensa del ciudadano acusado CARL ALEXANDER ORDWAY, según el literal ‘d’, numeral 4 del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal y, en consecuencia, decretó el sobreseimiento de la causa de conformidad con el numeral 4 del artículo 33 eiusdem. Asimismo, desestimó la acusación fiscal.
Dispositiva
1) Declara CON LUGAR la segunda denuncia del recurso de casación interpuesto por las ciudadanas abogadas ESTHER BIGOTT DE LOAIZA, CARMEN ISABEL VARGAS PÉREZ y YAKELINE HERRERA SOLER, en su condición de representantes de la ciudadana MARÍA ANTONIETA CÁMPOLI PRISCO, contra la sentencia dictada por la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 31 de julio de 2006. 2) ANULA las decisiones dictadas por la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 31 de julio de 2006 y por el Tribunal Quincuagésimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 17 de abril de 2006. 3) ORDENA la reposición de la causa al estado en que otro Tribunal de Control conozca nuevamente de la acusación fiscal en la audiencia preliminar; en consecuencia, remítase el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para su distribución.
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