Sentencia N° 91 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de abril de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 091, Exp. C05-0009, 13/04/2005
ExpedienteC05-0009
PonenteHÉCTOR CORONADO FLORES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-04-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas declaró sin lugar el recurso de apelación contra un fallo que condenó al acusado JHONNY DAVID FOGLIA FERNÁNDEZ a quince años de prisión por transporte de sustancias estupefacientes. La defensa interpuso recurso de casación, alegando infracciones en la valoración de pruebas y en la motivación de la decisión. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso por considerarlo infundado, afirmando que la Corte de Apelaciones actuó conforme a derecho al confirmar la culpabilidad del acusado.

Extracto de la motiva

El impugnante fundamenta las dos denuncias propuestas en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, disposición legal que por estar referida a las obligaciones del imputado, en nada guarda relación con el recurso de casación. Podría pensarse que se trata de un error de transcripción, no obstante se observa que el impugnante en la oportunidad de fundamentar cada denuncia repite el mismo artículo. En relación a la infracción del artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal (nulidades absolutas), por falta de aplicación, cabe señalar que la Corte de Apelaciones, al conocer de la apelación de la defensa, sólo le correspondía expresar si eran procedentes o no las denuncias propuestas, no estando obligada dicha instancia a aplicar la referida norma. El recurso de casación propuesto carece de la debida fundamentación, razón por la cual la Sala considera procedente su desestimación, por manifiestamente infundado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado JHONNY DAVID FOGLIA FERNÁNDEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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