Sentencia N° 90 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de marzo de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 090, Exp. C23-46, 24/03/2023
ExpedienteC23-46
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-03-24
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los abogados de la víctima, Enrique Borges Gerstel, contra la decisión de la Sala Novena de la Corte de Apelaciones. La inadmisibilidad se fundamenta en que el delito por el cual se inició la causa penal tiene una pena inferior al límite establecido para la interposición del recurso de casación, según el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. La sentencia de la Corte de Apelaciones fue confirmada, manteniendo el sobreseimiento a favor del demandado, LUIS EDUARDO VILLEGAS SARABIA.
Extracto de la motiva
motivado. En fecha 15 de marzo de 2021, la Fiscalía Sexagésima Séptima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, presentó como acto conclusivo, solicitud de sobreseimiento a favor del ciudadano LUIS EDUARDO VILLEGAS SARABIA, por la presunta comisión del delito de “ESTAFA AGRAVADA”, previsto y sancionado en el artículo 464, numeral 3 del Código Penal, a tenor de lo pautado en el numeral 3, primer supuesto, del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal. En fecha 18 de marzo de 2021, el Tribunal Vigésimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, vista IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 10 de 22
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Casación, presentado por los abogados Sergio Correia Fernándes y Ernesto Felipe Montoya González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 146.215 y 178.133, respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano Enrique Borges Gerstel, titular de la cedula de identidad número 13.310.660, quien funge como víctima, contra la decisión dictada en fecha 08 de diciembre de 2022, por la Sala Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al no encontrarse satisfechas las exigencias del artículo 451, en correlación con el artículo 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.