Sentencia N° 90 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de marzo de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 090, Exp. C05-0535, 21/03/2006
ExpedienteC05-0535
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-03-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Hiramís Torres Rendón, anulando la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible el recurso de apelación por extemporáneo. La Sala argumentó que la apelación fue interpuesta dentro del lapso legal, ya que la víctima no fue notificada adecuadamente del sobreseimiento decretado por el Juzgado de Control. Se ordenó a la Corte de Apelaciones conocer del recurso de apelación contra el fallo que decretó el sobreseimiento a favor de los demandados por no ser típicos los hechos denunciados.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: El Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de diciembre de 2001, de conformidad con el artículo 325, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, a solicitud del Ministerio Público, decretó el sobreseimiento a favor de los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN BRUZÓN DE SOLER, MIGUEL SOLER ANIORTE y CRISTINA SOLER BRUZÓN, por no ser típicos los hechos denunciados. En esa misma fecha se libraron las correspondientes boletas de notificación. En fecha 1° de febrero de 2002, sin que se hubiese hecho efectiva la notificación de las partes, el Juzgado de Control ordenó la remisión del expediente al Archivo Judicial. En fecha 9 de febrero de 2004, el Juzgado de Control, a solicitud del abogado JOSÉ ANTONIO MANRESA GARCÍA, ofició a la Oficina de Archivo Judicial a los fines de la remisión del expediente, acordando, posteriormente, copias simples del sobreseimiento decretado al nombrado ciudadano. El 24 de marzo de 2004, el referido Juzgado remitió nuevamente el expediente al Archivo Judicial. En fecha 8 de abril de 2005, la ciudadana HIRAMIS TORRES RENDÓN, solicitó que se recabara el expediente de la Oficina de Archivo Judicial y el 17 de mayo de 2005, luego de darse por notificada de la decisión dictada por la primera instancia, interpuso, asistida de abogado, recurso de apelación. Dicho recurso fue declarado inamisible, por extemporáneo, por la Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones, por considerar que el abogado JOSÉ ANTONIO MANRESA GARCÍA, quien asistió a la víctima al interponer la apelación, conocía la decisión impugnada, por cuanto en fecha 5 de febrero de 2004, le fueron acordadas copias simples de la misma.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar el recurso de casación propuesto por el apoderado judicial de la víctima. Anula la decisión dictada por la Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 25 de julio de 2005, y ordena a dicha Sala conocer del recurso de apelación propuesto por la ciudadana HIRAMIS TORRES RENDÓN, asistida de abogado, contra el fallo dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial, el 24 de diciembre de 2001, que decretó el sobreseimiento a favor de los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN BRUZÓN DE SOLER, MIGUEL SOLER ANIORTE y CRISTINA SOLER BRUZÓN, por no ser típicos los hechos denunciados. Así se decide.

Palabras clave

recurso de casaciónsobreseimientonotificaciónapelacióndelitos contra la propiedadCódigo Orgánico Procesal Penalderechos de la víctima

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