Sentencia N° 9 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de enero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 009, Exp. C03-0454, 22/01/2004
ExpedienteC03-0454
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-01-22
DecisiónAnula de oficio
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de WILMER ARGENIS LÓPEZ MALDONADO, condenado a 20 años de prisión por homicidio calificado. La Sala de Casación Penal del TSJ, al revisar el caso, encontró vicios procesales que afectaron los derechos del acusado, lo que llevó a anular la decisión de la Corte de Apelaciones. Se ordenó a dicha instancia que resuelva todas las denuncias planteadas en el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: Previo a la resolución del recurso de casación interpuesto, esta Sala de Casación Penal observó un vicio de carácter procesal que atenta contra los derechos constitucionales del acusado de autos. Es por ello, que a continuación pasa a pronunciarse de la manera siguiente: De las actas contentivas del expediente se observa, que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la oportunidad legal para pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación, según auto de fecha 31 de julio de 2003, y de conformidad con lo establecido en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, admitió el recurso interpuesto por el abogado defensor Humberto Sánchez, momento en el cual fijó la celebración de la audiencia oral. Celebrada la audiencia oral en la cual las partes expusieron sus alegatos, los sentenciadores de la Corte de Apelaciones al momento de emitir un pronunciamiento, desarrollan razones que comportan la desestimación del recurso, para luego concluir con una declaratoria 'sin lugar'. En la segunda, en la que aduce '...la existencia de contradicción manifiesta en la motivación de la sentencia...', dicha Corte lejos de responder al fondo de lo alegado, expresa lo siguiente: '...Al respecto advierte esta Corte, que el razonamiento aducido por el recurrente no se corresponde con la denuncia expresada, al alegar la existencia del vicio de contradicción en la motivación, ya que debió expresar cuales son los hechos por los que a su juicio el fallo es contradictorio, pareciera más bien que el recurrente confunde el vicio de inmotivación de la sentencia, con el de contradicción en la inmotivación que son situaciones jurídicas totalmente distintas...'.
Dispositiva
1) ANULA DE OFICIO la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 29 de agosto de 2003, que DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la defensa del imputado WILMER ARGENIS LÓPEZ MALDONADO. 2) ORDENA a dicha instancia judicial que resuelva todas las denuncias planteadas en el escrito contentivo del recurso de apelación propuesto por la defensa del citado ciudadano. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de apelaciónvicios procesalesderechos constitucionalesCorte de Apelacionesdecisión judicialanulación de sentencia