Sentencia N° 89 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de marzo de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 089, Exp. E21-34, 11/03/2022
ExpedienteE21-34
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2022-03-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la decisión N° 26, en la que se acordó notificar al Gobierno de la República del Perú sobre el término perentorio de sesenta días para presentar la solicitud formal de extradición del ciudadano José Luis Blanco Camacho. Se establece que, de no cumplirse con dicho requerimiento, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano, quien se encuentra detenido desde el 1° de marzo de 2021. La decisión se fundamenta en la falta de documentación judicial necesaria para proceder con la extradición.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Esta Sala de Casación Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, 6 del Código Penal; y, 382 y 386 al 390 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano José Luis Blanco Camacho, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.489.621, en virtud de encontrarse requerido mediante Notificación Roja Nº A-8848/10-2020, expedida el 20 de octubre de 2020, por la Oficina Central Nacional (OCN) de INTERPOL, República del Perú, por uno de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud -homicidio calificado-, tipificado en el artículo 108, numerales 2 y 4, del Código Penal peruano. En tal sentido, de las actuaciones que conforman la presente causa se

Dispositiva

ORDENA que el ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO CAMACHO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.489.621 quede, en calidad de detenido, a la orden del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, al cual por distribución le corresponda conocer, para que se continúe con el proceso penal iniciado en su contra por la presunta comisión del delito de Usurpación de Funciones Públicas, Civiles o Militares, previsto y sancionado en el artículo 213 del Código Penal venezolano.

Palabras clave

extradiciónhomicidio calificadodetención preventiva

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