Sentencia N° 89 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de septiembre de 2021
TSJ/SCP, Sent. N° 089, Exp. C21-70, 17/09/2021
ExpedienteC21-70
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2021-09-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano Sergio Alberto Bracho Bohórquez, argumentando que fue presentado de manera extemporánea. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de los plazos establecidos por el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición de recursos. La magistrada ponente, Yanina Beatriz Karabin de Díaz, firmó la sentencia junto a otros magistrados.
Extracto de la motiva
A mayor abundamiento, el defensor alego el error de juzgamiento, el cual existe cuando el hecho es inexistente, o existe pero es subsumido en la norma errónea, en este asunto, de la lectura del texto íntegro de la sentencia, se constata que no hubo dudas para el sentenciador que ese hecho ocurrió, así que no se trata de una situación creada, pues hay indicios que en su conjunto crearon la certeza de la incriminación persistente que dio inicio al proceso, por parte de la progenitora del menor y que adquirió relevancia y credibilidad al escuchar los testimonies de los ciudadanos que hacían vida con el menor, abuelos, maestras psicólogos, los cuales coincidieron en los cambios de conducta en el niño, aunada a la declaración que el mismo rindió durante el debate, donde afirmo parte de esa descripción efectuada por la denunciante de los hechos, apoyando aun más esa credibilidad a la cual se inclino (sic) ese juzgador, quien no dudo de lo expuesto por la progenitora del niño, refiriendo en el texto íntegro de su decisión, ante el resultado médico forense sobre el resultado negativo en cuanto al examen médico anal, que la forense explico las posibles razones de ese resultado, señalando la fácil cicatrización en esa zona, dependiendo de la lesión y profundidad aunado a la relajación que pudiera existir, explicando con apoyo de un testimonio forense, las razones por las cuales aun cuando fue negativo ese resultado mantuvo la calificación. No resulta desacertado, ni ilógico lo estimado por el Juzgador de Instancia, quien expuso sus razones, y poseía mayores argumentos para sustentarla y eso fue lo que reflejo no extensamente pero si de forma completa en la sentencia...una víctima vulnerable que no tiene discernimiento de lo vivido para el momento del debate, y aun cuando no fue explícitamente descriptivo en el mismo (en el debate) ni ante los psicólogos, no desmintió totalmente los hechos vividos cuando declaro en el Juicio, cuya descripción resulto ser una violación sistemática de sus derechos como niño y completo la certeza en el juzgador, para dictar la sentencia que profirió de carácter condenatorio. Se constata un proceso racional efectuado por el A quo, plasmado en la sentencia para considerar probada la culpabilidad del acusado y la subsunción. Y así se decide.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de casación interpuesto el 10 de febrero de 2021, por la abogada TAHINACHAHRAZAD VALCONI, en su condición de defensora privada del ciudadano SERGIO ALBERTO BRACHO BOHÓRQUEZ.