Sentencia N° 89 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de abril de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 089, Exp. R18-41, 03/04/2018
ExpedienteR18-41
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2018-04-03
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por el abogado Marino José Silva Barrueta, defensor de los ciudadanos Orlando Javier Santelis Díaz y Daniel Alexander Villegas Herrera, quienes enfrentan cargos por delitos graves relacionados con el tráfico de drogas y posesión de armas. La solicitud fue motivada por la supuesta influencia de los medios de comunicación en el proceso judicial en el Estado Zulia, donde se argumentó que la imparcialidad del tribunal podría verse comprometida debido a la naturaleza del caso y la condición de los imputados como funcionarios del SEBIN. Sin embargo, la Sala concluyó que no se acreditaron las condiciones necesarias para la radicación, ya que no se demostraron motivos suficientes que justificaran el traslado del juicio a otra jurisdicción. La decisión final fue declarar 'NO HA LUGAR' la solicitud de radicación, reafirmando la competencia del tribunal original para conocer del caso. La sentencia fue firmada por el magistrado ponente, Dr. Maikel José Moreno Pérez, y se registró en el Salón de Audiencias del TSJ en Caracas.

Extracto de la motiva

motivación alguna, lo cual acarrea su nulidad absoluta. Siendo acordada por el IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 21 tribunal sólo en la dispositiva sin motivación alguna (…) 2. La Defensa Pública Vigésima (20) del Estado Zulia, apeló de la aprehensión de sus defendidos y el tribunal desconociendo lo establecido en el artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal, remitió el expediente completo en original a la Corte, paralizándose en consecuencia de (sic) la causa en primera instancia, vulnerando el derecho a la defensa y al debido proceso de los imputados, existiendo un desorden procesal. Además, es

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR, la pretensión de radicación propuesta por el abogado MARINO JOSÉ SILVA BARRUETA.

Palabras clave

radicacióndelitos gravesimparcialidadSEBINZulia

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